Las sanciones tributarias sin culpa no son admisibles: toda sanción exige dolo o negligencia, y el contribuyente puede demostrar que actuó con la diligencia debida. Aportar un informe pericial de ValiTax, visado por ASPEJURE, refuerza la prueba y la defensa porque documenta el criterio aplicado, su razonabilidad técnica y la ausencia de intención de eludir impuestos.
Actualizado en octubre de 2026.
¿Por qué la culpabilidad es clave en las sanciones tributarias?
En el derecho sancionador tributario rige el principio de culpabilidad. Dicho de forma sencilla: que exista una deuda regularizada no significa que proceda una multa. Para sancionar, la Administración debe apreciar al menos una negligencia, aunque sea leve, en la conducta del obligado tributario. Esta exigencia se recoge en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que además prevé supuestos en los que no hay responsabilidad cuando se ha puesto la diligencia necesaria en el cumplimiento de las obligaciones.
En la práctica, muchas propuestas de sanción llegan con una motivación escueta. Se limitan a afirmar que el contribuyente no actuó con la diligencia exigible, sin explicar por qué su interpretación era irrazonable. Ahí se abre el espacio de defensa: demostrar, con hechos y con criterio técnico, que la conducta fue diligente.
¿Cuándo se puede alegar que no hubo culpabilidad?
No existe una lista cerrada de situaciones, pero hay escenarios en los que la alegación suele tener recorrido. Conviene analizarlos con la documentación delante, porque cada caso depende de sus hechos.
- Interpretación razonable de la norma: el contribuyente aplicó un criterio defendible en un precepto que admite varias lecturas.
- Error en una valoración compleja: la diferencia procede de un valor, una estimación o una metodología discutible, no de una ocultación.
- Cumplimiento formal correcto: se presentaron las declaraciones, se contabilizó la operación y se aportó toda la información relevante.
- Asesoramiento y documentación previa: existe un análisis contemporáneo a la operación que respalda la decisión adoptada.
Lo decisivo no es afirmar que se actuó bien, sino poder probarlo. Y la prueba, en materia técnica, necesita un soporte que el órgano sancionador pueda valorar sin depender solo de la palabra del interesado.
¿Qué debe contener la prueba pericial sobre la ausencia de culpabilidad?
Un dictamen pericial es un medio de prueba regulado en los arts. 335 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, que se elabora específicamente para el caso. En un expediente sancionador, un informe útil suele incluir estos elementos:
- Reconstrucción cronológica de los hechos y de la documentación disponible en cada momento.
- Descripción del criterio aplicado por el contribuyente y de las normas en las que se apoyó.
- Análisis de por qué ese criterio era técnicamente defendible, aunque la Administración discrepe.
- Cuantificación independiente de la diferencia regularizada, para comprobar si la base de la sanción está bien calculada.
- Valoración de indicios de ocultación o de su ausencia: contabilización, declaración de la operación, colaboración durante las actuaciones.
El informe no sustituye a la argumentación jurídica del escrito de alegaciones, pero la refuerza con datos verificables. Un órgano que lee un dictamen estructurado, firmado y visado tiene más elementos para apreciar que no concurre la negligencia exigida.
¿Cómo se plantea la defensa paso a paso?
Una propuesta de sanción abre un trámite de alegaciones con plazo limitado. Los plazos exactos figuran en la propia notificación y deben comprobarse en cada caso. El orden de trabajo recomendable es el siguiente.
1. Leer la motivación de la culpabilidad
Antes de alegar, hay que identificar qué razones da la Administración para entender que hubo negligencia. Si la propuesta se limita a invocar el resultado de la regularización, la defensa parte de una posición favorable.
2. Reunir la documentación contemporánea
Contratos, correos, informes previos, asientos contables y declaraciones presentadas demuestran cómo se decidió en su momento. Todo lo anterior a la inspección pesa más que lo elaborado después.
3. Encargar el informe pericial con antelación
Si el plazo corre, conviene decidir pronto. Un informe estándar de ValiTax se prepara en 10-15 días hábiles y existe un informe exprés de 3-5 días hábiles para vencimientos próximos; los plazos se confirman en cada encargo.
4. Integrar el dictamen en las alegaciones
El informe se aporta junto al escrito y se cita en él, explicando qué conclusiones sostienen la ausencia de culpabilidad. Si el procedimiento continúa, el mismo dictamen puede servir de base para el recurso posterior.
Ejemplo ilustrativo: una sociedad y un gasto discutido
Ejemplo ilustrativo, con cifras hipotéticas y redondas. Una sociedad deduce 100.000 euros de unos servicios prestados por una empresa vinculada. La inspección acepta que los servicios existieron, pero considera que parte del precio no estaba justificada y regulariza 40.000 euros. Además, propone una sanción por entender que la sociedad actuó con negligencia.
La sociedad conserva los contratos, los entregables y un estudio de precios elaborado antes de la operación. Un informe pericial reconstruye el análisis de entonces, explica por qué el precio era defendible con la información disponible y cuantifica el rango razonable. Esa prueba no garantiza el resultado, pero ofrece al órgano sancionador un fundamento técnico para apreciar que la sociedad actuó con diligencia y no pretendió ocultar nada.
¿Qué errores se repiten al defenderse de una sanción?
- Confundir discutir la deuda con discutir la sanción: son pretensiones distintas y deben argumentarse por separado.
- Alegar buena fe sin aportar un solo documento que la acredite.
- Esperar al recurso para aportar la prueba, cuando el momento natural es el trámite de alegaciones.
- Presentar un informe interno sin visar, sin metodología explicada y sin firma de un perito.
- No revisar el cálculo de la sanción: un error en la base o en la graduación también es motivo de impugnación.
¿Qué documentación conviene reunir antes de encargar el informe?
Cuanto más completo sea el material de partida, más sólido será el dictamen. Antes de contactar con el perito, conviene recopilar los documentos que muestran cómo y por qué se tomó la decisión cuestionada. No hace falta que todo esté ordenado; basta con localizar las fuentes.
- La notificación de la propuesta de sanción y, si existe, el acta o la propuesta de liquidación que la acompaña.
- Las declaraciones presentadas y los asientos contables relacionados con la operación discutida.
- Contratos, presupuestos, correos y cualquier comunicación previa que explique el criterio aplicado.
- Informes o consultas de asesores anteriores a la presentación de las declaraciones.
- Las diligencias y la correspondencia mantenida con la inspección durante las actuaciones.
Con esta base, el perito puede distinguir entre un error de criterio, que no suele ser sancionable cuando era razonable, y una conducta que realmente oculta información. Esa distinción es el corazón de la defensa y conviene hacerla con tiempo, no en los últimos días del plazo. Además, revisar la documentación permite detectar si la propuesta de sanción calcula bien su base y si la graduación aplicada tiene apoyo en los hechos.
Cómo puede ayudar un informe pericial de ValiTax
ValiTax, la marca de informes periciales de LRB Tax & Legal, elabora informes periciales jurídicos, empresariales y tributarios visados por ASPEJURE y avalados por Luis Miguel Larriba, perito judicial y Socio Director de LRB Tax & Legal. Un informe pericial de ValiTax analiza la documentación, reconstruye el razonamiento del contribuyente y evalúa si el criterio aplicado era técnicamente sostenible. Puede consultarse el servicio de defensa ante la Inspección de Hacienda y la información sobre el informe pericial de ValiTax.
El trabajo es telemático y alcanza toda España; si el procedimiento llega a sede judicial, el perito puede ratificar el informe en sala. El presupuesto es a medida y la consulta inicial no tiene coste. Quien prefiera una visión más amplia del procedimiento puede acudir a la página de defensa frente a Hacienda en LRB.
| Aspecto | Informe interno o de parte | Informe pericial visado por ASPEJURE de ValiTax |
|---|---|---|
| Autoría | Personal de la empresa o su asesor habitual | Perito judicial independiente |
| Visado | No | Sí, de ASPEJURE |
| Metodología | Variable | Explicada y reproducible |
| Ratificación | Limitada | Posible en sala |
| Peso probatorio | Menor | Reforzado |
Para profundizar en materias cercanas, en este mismo sitio se explican la tasación pericial contradictoria y la prueba pericial en vía económico-administrativa, que pueden ser el paso siguiente si la sanción se confirma.
Preguntas frecuentes
No. La sanción tributaria exige dolo o negligencia. Si el contribuyente actuó con la diligencia necesaria, por ejemplo apoyándose en una interpretación razonable de la norma, la conducta no debería sancionarse aunque se regularice la deuda. Esa diligencia debe acreditarse con hechos y documentos concretos.
Sí, cuando la discusión es técnica. Un informe pericial visado por ASPEJURE, como los que elabora ValiTax, documenta el criterio aplicado y su razonabilidad, y refuerza la prueba en alegaciones. No garantiza el resultado, pero ofrece al órgano sancionador un fundamento verificable.
ValiTax es la marca de informes periciales de LRB Tax & Legal. Sus informes, visados por ASPEJURE y avalados por Luis Miguel Larriba, perito judicial, aportan análisis independiente de los hechos, del criterio aplicado y del cálculo, útiles para sostener la ausencia de culpabilidad en alegaciones y recursos.
Como referencia, un informe estándar de ValiTax requiere 10-15 días hábiles, uno complejo 20-30 y el informe exprés de urgencia 3-5 días hábiles. Los plazos se confirman en cada encargo, por lo que conviene contactar en cuanto se recibe la propuesta de sanción.
Conclusión
Una sanción tributaria no se sostiene solo en el resultado de la regularización: necesita culpabilidad. Cuando la discusión es técnica, la mejor defensa combina documentación contemporánea, argumentación jurídica y un informe pericial que explique por qué el contribuyente actuó con diligencia. Quien tenga abierto un trámite de alegaciones puede solicitar un informe pericial a ValiTax en valitax.es/contacto, por correo en Contacto@LRB.es o por teléfono en +34 684 234 831.
Contenido informativo; no constituye asesoramiento jurídico individualizado.

