Cuándo vendes importa tanto como cuánto ganas
Rescates, traspasos, ventas y permutas: en la fiscalidad del ahorro casi todo se decide antes de dar la orden. Después solo queda declarar lo que ya ha ocurrido.
Dos bases imponibles con reglas muy distintas
En el IRPF conviven dos mundos. La base general —donde van los rendimientos del trabajo y también, aunque sorprenda, el rescate de un plan de pensiones— tributa a una escala progresiva que puede superar el 45 % en los tramos altos. La base del ahorro —dividendos, intereses y ganancias por venta de fondos, acciones, inmuebles o criptoactivos— tributa a una escala propia, con tipos crecientes por tramos y notablemente inferiores en la parte baja.
Saber en qué base cae cada operación explica decisiones que de otro modo parecen contraintuitivas: por qué rescatar un plan de pensiones de golpe puede ser un mal negocio, por qué traspasar un fondo no cuesta nada y vender acciones sí, o por qué conviene aflorar pérdidas antes de que acabe el año.
Lo que casi nadie aprovecha
- La compensación de pérdidas. Las pérdidas patrimoniales se compensan con ganancias del mismo ejercicio y, el saldo negativo, con las de los cuatro años siguientes. Hay además un margen para compensar parcialmente con rendimientos del capital mobiliario.
- El traspaso entre fondos. Permite cambiar de estrategia sin tributar, difiriendo la ganancia hasta el reembolso definitivo. Las acciones no disfrutan de ese régimen.
- El reparto entre ejercicios. Fraccionar una venta o un rescate en dos años naturales puede evitar el salto a un tramo superior.
- Los coeficientes de abatimiento. Para elementos adquiridos antes de 1995 subsiste un régimen transitorio con un límite conjunto que conviene reservar para la operación más grande.
31 de diciembre. Casi toda la planificación del ahorro se cierra ese día. Lo que se hace en enero afecta a una declaración que se presentará dieciocho meses después; lo que se deja sin hacer en diciembre ya no tiene arreglo.
Qué resolvemos en inversiones y patrimonio
Rescate de planes de pensiones
Capital, renta o forma mixta; reducción del 40 % por aportaciones anteriores a 2007 y su plazo; reparto entre ejercicios para no saltar de tramo.
Ver el servicioFondos, acciones y carteras
Traspasos sin tributación, regla FIFO, dividendos y retenciones, y compensación de pérdidas dentro de la base del ahorro.
Ver el servicioCriptomonedas
Ventas y permutas entre criptos, staking, airdrops y obligaciones informativas de los saldos custodiados en el extranjero.
Ver el servicioVenta de negocio o participaciones
Cálculo de la ganancia, coeficientes de abatimiento, pagos aplazados o vinculados a resultados y transmisión de la empresa familiar.
Ver el servicioImpuesto sobre el Patrimonio
Obligación de declarar, valoración de cada tipo de bien, exenciones de vivienda habitual y empresa familiar y límite conjunto con el IRPF.
Ver el servicioSegunda opinión fiscal
Revisión independiente de un cálculo, un informe o una recomendación antes de ejecutar una operación relevante.
Ver el servicioCuándo conviene consultar antes de actuar
Te jubilas el año que vieneEl año del rescate del plan de pensiones y el año en que dejas de cobrar nómina no deberían coincidir si puede evitarse. La diferencia se mide en miles de euros.
Vas a vender la empresaEl precio se negocia una vez; la estructura de la operación —contado, aplazado, con cláusulas de ajuste— determina cuándo y cuánto tributas.
Llevas años operando con criptomonedasReconstruir el histórico de operaciones lleva tiempo. Hacerlo antes de que llegue el requerimiento permite presentarlo de forma ordenada y con menor coste.
Tu patrimonio ha crecidoPuede haber aparecido una obligación de declarar Patrimonio que antes no existía, aun sin cuota a ingresar.
Sobre inversiones y patrimonio
Si vendo con pérdidas, ¿tengo que declararlo?
Conviene hacerlo siempre. Las pérdidas no generan pago, pero sí un saldo compensable con ganancias del mismo año y de los cuatro siguientes. Si no se declaran en su momento, ese crédito se pierde. Cuidado además con la regla que impide computar la pérdida si se recompran valores homogéneos dentro de un plazo determinado.
¿Los dividendos tributan aunque los reinvierta?
Sí. Un dividendo es rendimiento del capital mobiliario en el momento en que se percibe, con independencia de lo que hagas después con él, y viene con retención practicada en origen. Es una diferencia relevante frente a los fondos de acumulación, que no distribuyen y difieren la tributación al reembolso.
Tengo acciones compradas en distintos momentos. ¿Cuáles se entienden vendidas?
Las adquiridas en primer lugar, conforme a la regla FIFO. No puedes elegir el paquete que más te convenga. Por eso, cuando hay compras a precios muy distintos, el resultado fiscal de una venta parcial no coincide con lo que uno intuye. Más detalle.
¿Hay que declarar Patrimonio aunque no salga a pagar?
Sí en un supuesto concreto: cuando el valor de los bienes y derechos, computados sin descontar deudas ni aplicar exenciones, supera los dos millones de euros. Es una obligación puramente formal que sorprende a quien tiene inmuebles revalorizados. Más detalle.
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