Tasación pericial contradictoria: cómo impugnar una comprobación de valores de Hacienda

Reunión de trabajo analizando la valoración de una empresa para una comprobación tributaria

La tasación pericial contradictoria es el procedimiento que permite al contribuyente discutir el valor que la Administración ha fijado para un bien o derecho mediante la designación de un perito propio, y, si hay una diferencia relevante, la intervención de un perito tercero. Está regulada en el artículo 135 de la Ley General Tributaria, y su utilidad es evidente en impuestos donde la base depende del valor: transmisiones patrimoniales, sucesiones y donaciones, y otros tributos con comprobación de valores. Si recibes una liquidación que parte de un valor muy superior al declarado, es probablemente la vía más técnica para defenderte.

Para autónomos y pymes que compran un local, heredan un negocio o aportan activos a una sociedad, saber cuándo y cómo promoverla marca la diferencia entre pagar de más y reducir la base con un procedimiento previsto por la ley. Este artículo explica los pasos, los plazos y los errores más habituales, con un enfoque práctico y partiendo de la base de que el valor se discute con un informe pericial tributario bien fundado.

Qué es la comprobación de valores y cuándo se activa

La Administración puede comprobar el valor declarado por el contribuyente mediante los medios que enumera el artículo 57 de la Ley General Tributaria: estimación por referencia a registros oficiales, precios medios de mercado, dictamen de peritos de la Administración, valor de la tasación hipotecaria, entre otros. El resultado se notifica con la motivación que corresponda, y, normalmente, se acompaña de una liquidación complementaria o de una propuesta de liquidación.

Ante esa notificación, el contribuyente tiene dos grandes caminos: recurrir la valoración por falta de motivación o por error, o promover la tasación pericial contradictoria. Ambos no son excluyentes, y conviene analizar cuál ofrece mejores perspectivas en cada caso. En los inmuebles, la reforma de 2021 introdujo el valor de referencia del Catastro como base en varios impuestos, lo que ha cambiado la discusión en muchos supuestos; por ello conviene revisar siempre la normativa y la doctrina aplicables a la fecha del hecho imponible.

Cómo funciona la tasación pericial contradictoria

El mecanismo, según el artículo 135 de la Ley General Tributaria, se articula en pasos bien definidos:

  1. Solicitud. El interesado puede promoverla dentro del plazo del primer recurso o reclamación que proceda contra la liquidación efectuada sobre los valores comprobados. La presentación suspende la ejecución de la liquidación y el plazo para interponer el recurso o reclamación.
  2. Perito del interesado. El contribuyente designa a un perito que valora el bien y emite su informe. Es la pieza que determina el resultado, de modo que merece cuidado y método.
  3. Perito de la Administración. Es necesaria una valoración de un perito de la Administración, salvo que el valor ya se hubiese fijado en un informe de este tipo.
  4. Comparación de valores. Si la diferencia entre ambas tasaciones no supera 120.000 euros ni el 10 por ciento de la tasación del perito del interesado, se estará a la tasación de este último. Si se supera cualquiera de esos umbrales, hay que nombrar a un perito tercero.
  5. Perito tercero. Se designa por sorteo entre los profesionales de las listas facilitadas por los colegios o entidades competentes. Su valoración sirve de base a la liquidación, sin que pueda ser inferior a la de la Administración ni superior a la del interesado.

El artículo 135 regula también la provisión de fondos para la intervención del perito tercero y el reparto de sus honorarios según el resultado. Conviene consultar el texto vigente antes de decidir, porque la decisión de promover el procedimiento tiene consecuencias económicas.

Plazos y errores que suelen costar caro

El principal riesgo es el plazo: si se deja agotar el del primer recurso o reclamación, la tasación pericial contradictoria no puede promoverse en esa fase. Además, la solicitud debe presentarse en la forma debida, indicando el perito y su cualificación, y acreditando los datos del bien. Para planificar el calendario, resulta útil prever con tiempo la visita al bien y la recopilación de comparables que exige este procedimiento.

Errores frecuentes

  • Esperar a la última semana. El informe del perito del interesado necesita visita, comparables y documentación; improvisarlo debilita el resultado.
  • Elegir un perito sin experiencia en el tipo de bien. No es lo mismo valorar un local comercial que un solar, una vivienda o un paquete de participaciones.
  • No revisar la motivación de la valoración administrativa. A veces la falta de motivación suficiente es un argumento por sí mismo, que se combina con la tasación.
  • Olvidar el coste del perito tercero. Si la diferencia es grande y el resultado no mejora lo esperado, el coste puede recaer en quien lo promovió, según las reglas del artículo 135.
  • Ignorar la alternativa del recurso directo. En ciertas situaciones es más eficiente impugnar la comprobación por defecto de motivación que promover la tasación.

Qué debe contener la tasación del perito del interesado

El informe tiene que convencer a un tercero experto y, llegado el caso, a un tribunal. Por eso conviene que incluya:

  • La identificación del bien, su situación física y jurídica, y la fecha de valoración, que debe corresponder al devengo.
  • El método empleado y la justificación de su elección. En inmuebles suele combinarse la comparación con testigos de mercado y, en su caso, métodos de capitalización de rentas.
  • Los datos de mercado: ventas reales, ofertas, ajustes por superficie, antigüedad, estado, ubicación y cargas.
  • La verificación de las condiciones del bien mediante visita o inspección, con documentación gráfica.
  • La conclusión expresada en una cifra, con el razonamiento que la sostiene.

La metodología que se aplica en este tipo de trabajos se detalla en la información sobre la metodología pericial utilizada en los informes, que permite entender cómo se documentan las fuentes y las hipótesis.

Un ejemplo hipotético de cálculo

Supón, solo como ilustración, que un empresario compra un local por 200.000 euros y la Administración comprueba un valor de 300.000. Para quien promueve la tasación, su perito concluye un valor de 215.000 euros y el perito de la Administración confirma los 300.000. La diferencia es de 85.000 euros, inferior a 120.000, pero superior al 10 por ciento de la tasación del perito del interesado (21.500 euros), por lo que se supera uno de los umbrales y procede nombrar a un perito tercero. Si este fijase 240.000 euros, ese sería el valor aplicable, al estar entre ambas tasaciones. Las cifras de este ejemplo son inventadas y solo muestran el mecanismo.

Estrategia: cuándo compensa promover la tasación

Una decisión sensata compara tres elementos: la cuantía en juego, la probabilidad razonable de que el perito del interesado mejore el valor y el coste total del procedimiento, incluyendo el posible reparto de los honorarios del perito tercero. Si la diferencia entre el valor declarado y el comprobado es pequeña, quizá no compense. Si es grande y existen datos objetivos de mercado que respalden la posición del contribuyente, la tasación pericial contradictoria suele ser una vía eficaz. Un análisis previo de viabilidad ayuda a evitar sorpresas.

Si la discrepancia nace de la compra o venta de un negocio, también puede resultar útil la guía sobre venta o traspaso de un negocio y su fiscalidad, que explica los puntos donde suelen surgir diferencias de valor. Y para coordinar el procedimiento con la defensa en caso de inspección o recurso, una defensa fiscal con LRB permite integrar la tasación con el resto de la estrategia, vigilando los plazos de cada trámite.

En situaciones donde las dos partes sostienen posiciones distintas desde el inicio, puede ser conveniente anticipar la discusión con apoyo de defensa técnica frente a la AEAT, de forma que el valor se argumente desde las primeras alegaciones.

Preguntas frecuentes

¿Puedo promover la tasación pericial contradictoria si ya he recurrido?

Depende del momento. La ley la vincula al plazo del primer recurso o reclamación contra la liquidación, y su presentación suspende ese plazo. Si ya se ha agotado, probablemente no sea posible, por lo que conviene revisar cada caso con rapidez.

¿La Administración está obligada a aceptar mi tasación?

No. Si la diferencia entre tasaciones no supera los umbrales legales, se estará a la tasación del interesado; si los supera, se nombra un perito tercero. La ley fija un procedimiento objetivo.

¿Quién paga al perito tercero?

El artículo 135 distribuye el coste en función del resultado. Es una regla importante a la hora de decidir si promover o no el procedimiento, por lo que conviene revisar el texto vigente.

¿Sirve para cualquier impuesto?

Se aplica cuando la liquidación se basa en una comprobación de valores. Es habitual en impuestos como el de transmisiones patrimoniales y el de sucesiones y donaciones, pero cada caso debe analizarse con su normativa específica.

Conclusión

La tasación pericial contradictoria es un instrumento de garantía que la ley pone a disposición del contribuyente para discutir valores con base técnica. Exige actuar en plazo, elegir bien al perito y documentar cada paso. Bien utilizada, permite corregir valoraciones que no reflejan la realidad económica de un bien y defender los derechos del contribuyente dentro de un cauce objetivo y previsto por la ley.

Luis Miguel Larriba, perito judicial acreditado