El servicio, paso a paso

Consulta por escrito o videoconferencia. Nada más

Sin oficina que visitar, sin cuota mensual y sin papeles que llevar en mano. Nos escribes, estudiamos el caso con la documentación delante y te damos una respuesta que puedes usar.

Dos formatos de consulta

Elige el que encaje con tu caso

Si tu duda es concreta, la consulta escrita es más rápida y te deja el razonamiento documentado. Si hay varias alternativas o la situación es enrevesada, media hora hablando ahorra una semana de correos.

Consulta por escrito

Planteas el caso por correo y envías la documentación. Analizamos la normativa aplicable —incluida la de tu comunidad autónoma— y te devolvemos una respuesta razonada: qué ocurre, por qué, qué alternativas hay y qué plazos corren.

Encaja bien cuando: quieres saber cuánto vas a pagar por una operación, si te corresponde una exención, si una notificación tiene recorrido o si un cálculo que te han hecho está bien.

Videoconsulta

Sesión programada por videoconferencia con un asesor fiscal. Repasamos tu documentación en pantalla, resolvemos las dudas en directo y contrastamos las opciones. Después recibes por escrito el resumen de las conclusiones.

Encaja bien cuando: te trasladas a otro país, vas a repartir una herencia, estás decidiendo cómo vender un negocio o simplemente prefieres explicarlo hablando.

Si al plantear la consulta vemos que lo tuyo no es una duda sino un trámite o un procedimiento —presentar una declaración, contestar un requerimiento, recurrir una sanción— te lo decimos y pasamos directamente a la gestión y representación, con el alcance definido por escrito antes de empezar.

El procedimiento

Seis pasos, de tu correo a la respuesta

Sin coste

Nos escribes y describimos el caso

Un correo a Contacto@LRB.es contando tu situación en unas pocas líneas. No hace falta que uses términos técnicos ni que adjuntes nada todavía. Si hay una fecha límite, ponla en la primera línea.

Sin coste

Te confirmamos si podemos ayudarte y cómo

Revisamos lo que nos cuentas y te contestamos con tres cosas: si el asunto entra en nuestro ámbito, si hay algún plazo corriendo que debas conocer ya, y qué formato conviene —escrito, videoconsulta o encargo de gestión—. También te decimos qué documentación necesitaremos.

Aceptas el alcance del encargo

Antes de empezar recibes por escrito qué vamos a hacer exactamente, qué te vamos a entregar y en qué plazo. Nada se pone en marcha sin esa confirmación por tu parte.

Envías la documentación por vía segura

Te facilitamos un canal para subir escrituras, notificaciones, nóminas, certificados o extractos. No pedimos las claves de tu área personal de la Agencia Tributaria ni credenciales bancarias: para actuar en tu nombre basta la representación legalmente prevista.

Estudiamos el caso

Con la normativa estatal, la autonómica y, cuando toca, la ordenanza municipal o el convenio internacional aplicable. En los asuntos que lo requieren, la respuesta la revisa un segundo profesional del equipo antes de salir.

Recibes la respuesta y, si procede, actuamos

Un documento con las conclusiones, el razonamiento, la norma en la que se apoyan y los pasos a dar con sus plazos. Si has encargado la gestión, presentamos nosotros y te enviamos copia de todo lo que entra en el registro.

Qué recibes exactamente

Una consulta resuelta aquí no es un correo de tres líneas. El entregable estándar incluye:

  • El planteamiento del caso tal y como lo hemos entendido, con los datos y documentos en los que nos hemos apoyado. Si algo cambia, la conclusión puede cambiar, y conviene que quede claro sobre qué base se ha trabajado.
  • La respuesta a tu pregunta, sin rodeos y en la primera página.
  • El razonamiento y la norma aplicable, para que puedas contrastarlo o enseñárselo a un tercero.
  • Las alternativas, cuando existen, con lo que gana y lo que arriesga cada una.
  • Los pasos concretos, con modelo a presentar, plazo y órgano competente.
  • Los puntos débiles, si los hay: criterios administrativos discutibles, jurisprudencia contradictoria o cuestiones donde el resultado no está garantizado.

Plazos de respuesta

La primera contestación a tu correo llega en horas laborables, casi siempre el mismo día. El plazo de entrega del informe o de la gestión se fija al aceptar el encargo y depende de la complejidad: no es lo mismo revisar el cálculo de una ganancia patrimonial que preparar las alegaciones de una inspección.

Asuntos con plazo. Si tienes una notificación con fecha límite, dilo en la primera línea del correo e indica la fecha exacta. Esos expedientes se priorizan. Y si el plazo ya ha vencido, escríbenos igual: casi siempre queda alguna vía abierta.

Idiomas y ámbito

Atendemos en español e inglés, en toda España, y también a personas que ya no residen aquí pero mantienen obligaciones fiscales españolas. Al ser un servicio íntegramente online, tu ubicación no cambia nada: lo que sí cambia el resultado es tu comunidad autónoma de residencia, y eso lo tenemos en cuenta siempre.

Confidencialidad

Toda la información que nos facilitas está cubierta por el deber de secreto profesional y se trata conforme a la normativa de protección de datos. La documentación se conserva el tiempo necesario para atender el encargo y cumplir las obligaciones legales de conservación, y no se cede a terceros salvo obligación legal. Puedes consultar el detalle en la política de privacidad.

Lo que no hacemos

Tres cosas que preferimos decir antes

No damos garantías de resultado

Podemos decirte qué es razonable esperar y con qué apoyo normativo o jurisprudencial, pero nadie puede garantizar la decisión de un órgano administrativo o de un tribunal. Quien te la garantice, desconfía.

No montamos estructuras artificiales

Trabajamos con las opciones que la ley reconoce: regímenes especiales, exenciones, reducciones y plazos. Lo que no se sostiene ante una comprobación no es un ahorro, es una contingencia aplazada.

No aceptamos un encargo sin sentido

Si al leer tu caso vemos que la reclamación no tiene recorrido o que el ahorro no compensa el trámite, te lo diremos aunque eso signifique no facturar el encargo.

Preguntas frecuentes

Sobre el funcionamiento del servicio

¿Tengo que registrarme o rellenar algún formulario?

No. El punto de entrada es un correo electrónico a Contacto@LRB.es. No hay registro, ni área de usuario obligatoria, ni formulario que completar antes de que un profesional lea tu caso.

¿Cómo sabéis a qué comunidad autónoma aplicar la normativa?

Es una de las primeras cosas que preguntamos, porque en herencias, donaciones, compraventa de vivienda o Impuesto sobre el Patrimonio la diferencia entre una comunidad y otra puede ser enorme. En sucesiones y donaciones la norma aplicable depende además de dónde residía el causante o dónde está el bien, no solo de dónde vives tú.

¿Podéis actuar ante Hacienda en mi nombre?

Sí, otorgando la representación prevista en la normativa tributaria. Con ella presentamos declaraciones y escritos, contestamos requerimientos, comparecemos en comprobaciones e inspecciones y recurrimos. Recibes copia de todo lo presentado y del justificante de registro.

¿Grabáis las videoconsultas?

Solo si tú lo pides expresamente. Por defecto no se graban. En todo caso, después de la sesión recibes por escrito el resumen de lo tratado y de las conclusiones, que es lo que realmente te sirve más adelante.

¿Y si mi caso resulta ser más complejo de lo que parecía?

Te lo decimos antes de seguir, no después. Si el asunto excede el alcance acordado —porque aparece una estructura societaria, un litigio o una contingencia de varios ejercicios— replanteamos el encargo o lo derivamos al equipo correspondiente de LRB Tax & Legal, que es la matriz de este servicio.

¿Trabajáis con clientes que ya tienen asesor?

Con frecuencia. Muchas consultas llegan como segunda opinión antes de una operación importante, o para un asunto puntual que se sale de lo que lleva la gestoría habitual. No contactamos con tu asesor ni pretendemos sustituirlo.

Cuéntanos tu caso y te decimos cómo se resuelve

Escríbenos un correo explicando tu situación en pocas líneas. Te confirmamos si podemos ayudarte, qué documentación necesitamos y si conviene resolverlo por escrito o en una videoconsulta. Sin compromiso y sin salir de casa.

Correo: Contacto@LRB.es · WhatsApp: +34 684 234 831
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